SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0956/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.3.
II.3. Mediante certificado de permanencia y disciplina 121/08 de 14 de mayo de 2008, el Director y Secretario del recinto penitenciario de "El Abra" certificaron que Jesús Troncoso Verduguez, ingresó a dicho recinto penitenciario el 28 de noviembre de 2005 con mandamiento de detención preventiva ordenado por Auto de la citada fecha expedido por Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público por el delito de robo agravado; asimismo, que cursa en el expediente mandamiento de detención preventiva ordenado por Auto de 30 de enero de 2006, expedido por la Jueza Cuarta de Instrucción cautelar y Mixto de Sacaba, dentro del proceso seguido por Antonio Heredia Galarza, por el delito de homicidio, lesiones graves y leves; concluyen certificando que el interno tiene la permanencia de dos años, cinco meses y dieciséis días (fs. 101).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 5
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR