SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1008/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de los derechos de su representado a la igualdad, a la seguridad jurídica, a la defensa y de la garantía al debido proceso, aduciendo que dentro del proceso penal que se le sigue por el supuesto delito de giro de cheque en descubierto, interpuso incidente de extinción de la acción penal por haberse declarado nulo el cheque dado en garantía; habiendo dicha autoridad extinguido la acción penal; empero, dispuso se cubra la responsabilidad civil de acuerdo a liquidación practicada; ante lo cual formuló recurso de apelación incidental, el cual fue rechazado y declarado su inadmisibilidad, por no encontrarse contemplado dentro del art. 403 del CPP, el recurso de apelación incidental sobre extinción de la acción penal del art. 204 parte in fine del referido Código, declarándose en consecuencia su inadmisibilidad. Consiguientemente, en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela impetrada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- SC 0096/2010-R
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- infracción de las disposiciones legales procesales,
- En cuanto al derecho a la defensa
- En cuanto a la igualdad en el ámbito procesal,
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4.
- APROBAR