SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1029/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1029/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

denegó

La Resolución 9 de 11 de junio de 2007, pronunciada por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Social y de la Niñez y Adolescencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, denegó el amparo solicitado. Como fundamentos se señalaron: i)  El amparo constitucional ha sido instituido para precautelar las garantías constitucionales de las personas, en el caso presente se observa que el recurso emana de que el funcionario de la Prefectura del departamento de Pando, hubiera usurpado funciones a decir del recurrente, dictando una Resolución que no le competía y que más bien era atribución del Prefecto, por lo que el recurrente ha errado la vía, pues lo correcto era interponer recurso directo de nulidad; y, ii) Por otra parte se observa que el recurrente no agotó la vía correspondiente para plantear el amparo constitucional, puesto que si el recurrido observó que la Resolución dictada por el funcionario Oscar José Añez Avaroma, al emitir la desestimación del recurso de impugnación, aún le quedaba la vía de queja ante el superior que en éste caso es el Prefecto del departamento para agotar los recursos.