SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1068/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 20 de junio de 2007, cursante de fs. 8 a 10, la recurrente señaló que se presentó a la convocatoria lanzada por el SEDES de Beni, para optar el cargo de "Supervisora" a tiempo completo del Centro de Salud Área "Central" de esta ciudad; sin embargo, el Tribunal Calificador no abrió su sobre que contenía su postulación, ya que consideraron que no se encontraban habilitada para postularse a dicho cargo debido a que trabajaba en el Hospital Materno Infantil que corresponde al segundo nivel y/o primer nivel, y el concurso era para enfermeras de tercer nivel, por lo que fue descalificada, sin haberse examinado sus documentos, y aunque la otra postulante no obtuvo la mínima nota de cincuenta y uno por ciento, fue declarada ganadora del concurso en desmedro de sus derechos.
Agrega que ante tal hecho, el 18 de abril de 2007, formalizó impugnación a la calificación del concurso y su inhabilitación arbitraria, pero su recurso no mereció respuesta alguna, posteriormente por memorial de 22 de mayo del mismo año, solicitó que el Tribunal Calificador se pronuncie sobre su impugnación, petitorio que tampoco fue respondido.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 'improcedente'
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y armonización de términos procesales
- accionante'
- SC 0195/2010-R
- III.3. Análisis del caso de autos
- no consta que esa situación hubiese sido de conocimiento de la accionante
- REVOCAR