SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1083/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1083/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

a)

El recurrido Ministro de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, Eddy Walter Fernández Gutiérrez, a través del informe escrito cursante de fs. 29 a 30, señala que: a) El recurso de amparo constitucional, no constituye una instancia más dentro del proceso ordinario, en el que se pretendan salvar errores u omisiones procedimentales, no observadas oportunamente durante el proceso; y b) El recurrente impugna el Auto Supremo 367 de 27 de marzo de 2007, arguyendo que la Sala, ha restringido ilegalmente su derecho a la seguridad jurídica, toda vez que se negó a considerar o revisar los fallos de primera y segunda instancia; sin embargo, el actor a tiempo de interponer el recurso de casación, no cumplió con los requisitos previstos por el art. 258 del CPC. 

La correcurrida Jueza Cuarta de Partido del Trabajo y Seguridad Social, mediante informe escrito cursante de fs. 43 a 44 vta., alegó que, el recurrente interpone el recurso de amparo constitucional, arguyendo que existió discontinuidad del trabajador en su fuente laboral, por el periodo que cumplió su servicio militar, hechos que supuestamente no fueron considerados; sin embargo, a lo expresado, el recurrente no tomó en cuenta el art. 13 de la LGT, que determina el derecho del trabajador a conservar su fuente laboral, sin derecho a remuneración, mientras cumpla con el servicio militar.