SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 7 de julio de 2008, cursante de fs. 20 a 24 vta., el recurrente expresa que, el 9 de mayo del citado año, su representado fue detenido por la presunta comisión del delito de lesiones, por la fiscal Lorna Cartagena, quien en la imputación formal señaló como posible víctima a Kayla Tatiana Villca Flores, de quien según la imputación se desconocían sus datos de identificación personal, incluido su domicilio real y procesal, la Jueza cautelar, no verificó éstos aspectos llevando a cabo la audiencia disponiendo su detención preventiva.
Arguye que solicitó audiencia de cesación preventiva, la misma que por efecto de la vacación judicial, fue conocida por el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de turno, ahora recurrido, quien el 26 de junio de 2008 -fecha de la audiencia-, ante el informe del Secretario, quien señaló que no se notificó a la víctima pues se desconocía su domicilio real y procesal, de manera ilegal y ausente de motivación dispuso suspender la audiencia, y conminó a su representado a señalar el domicilio real de la víctima, más un mapa de identificación del lugar e igualmente se ordenó que estos datos serían verificados por los funcionarios del Juzgado; asimismo, señaló nueva audiencia, la cual también fue suspendida por el incumplimiento a la determinación judicial ilegal; interpuesto el recurso de reposición éste fue rechazado, existiendo en consecuencia una restricción del derecho de su representado a la libertad, por cuanto existe una dilación indebida al trámite de la cesación de la detención preventiva.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- celeridad
- SC
- b)
- c)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- APROBAR