SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1092/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
Fragmento 15
Revisados los antecedentes se tiene que el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, expidió el mandamiento de libertad a favor del representado del recurrente, el 21 de mayo de 2008; documento que fue recibido en el recinto penitenciario de “Palmasola” el sábado 24 del mes y año indicados, a horas 11:20; sin embargo, permaneció recluido hasta horas 9:30, del día lunes 26 de mayo de 2008, porque el funcionario demandado no ejecutó de inmediato el mandamiento de libertad porque según hizo conocer en su informe, la causa para no dar curso a dicho mandamiento fue porque existía error en el nombre consignado en el mandamiento, mismo que no coincidía con el nombre del mandamiento de detención preventiva, cuya verificación no fue posible porque el detenido no presentó su documento original de identidad, por lo que recién el lunes 26 de mayo de 2008, a horas 9:30, pudo dar cumplimiento a dicho mandamiento, luego de la verificación técnica dactiloscópica y fotográfica. El referido error se generó al haber sido invertida una letra en el primer nombre y el funcionario demandado conforme se tiene señalado en el anterior fundamento, tenía la obligación de verificar la autenticidad del mandamiento de libertad y que la identidad del recluso guarde exacta relación con el nombre consignado en el mandamiento de libertad expedido por el Juez, a cuyo efecto y considerando que el mandamiento se presentó a su conocimiento cerca del medio día del sábado 24 de mayo; sin embargo, el día lunes siguiente en las primeras horas de la mañana una vez aclarada la identidad, dio curso al mandamiento de libertad; consiguientemente, no se advierte la vulneración de los derechos alegados por el accionante.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.3.2. Formalidades para ejecutar el mandamiento de libertad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- improcedente
- APROBAR