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    AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2010-RCA-BIS
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2010-RCA-BIS

    Fecha: 07-Sep-2010

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    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.2. Autoridades recurridas
    • improcedencia in límine
    • I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),
    • 1.
    • en primer término, la concurrencia de alguno de los supuestos de inactivación previstos en el art. 96 de la LTC
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”.
    • reglas y subreglas
    • II.4. Análisis del caso enviado en revisión
    • a jurisdicción constitucional sólo podrá analizar aquellos actos u omisiones demandados de ilegales que fueron reclamados oportunamente ante la vía judicial o administrativa pertinente; esto es en el momento hábil de producido el agravio el cual debe ser invocado necesariamente en las subsiguientes instancias sino es reparado en la primera,
    • APROBAR

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