AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2010-RCA-BIS
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2010-RCA-BIS

Fecha: 07-Sep-2010

I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión

El art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, establece que las competencias y funciones de este Tribunal se circunscriben únicamente a la “…revisión y liquidación de los recursos constitucionales presentados hasta el 6 de febrero de 2009” y toda vez que la carga procesal es considerable, a objeto de resolver todas las causas dentro de los alcances previstos por la referida Ley, el Pleno de este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional 002/2010 de 8 de marzo, ha dispuesto la resolución de causas mediante sorteo, computándose para el efecto a partir del sorteo de 7 de septiembre de 2010. En consecuencia, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.

Se hace constar que no interviene el Magistrado Dr. Abigael Burgoa Ordóñez, por excusa declarada legal, razón por la cual, el 27 de agosto de 2010, el Magistrado Responsable de la Comisión de Admisión, convocó a la Magistrada Dra. Ligia Mónica Velásquez Castaños, a efecto de conocer y resolver el presente caso, contando con el número de votos, establecido por Ley.