AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2010-RCA
Fecha: 07-Sep-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente -hoy accionante-, alega que los recurridos -hoy demandados- han vulnerado sus derechos a la igualdad, a la dignidad, a la seguridad jurídica, al trabajo y a una remuneración justa, a la propiedad y a la garantía del debido proceso, puesto que después de adquirir un terreno, suscribió con su suegro un documento privado para obtener una servidumbre de paso, toda vez que su bien inmueble se encontraba enclavado, conviniendo, además, el pago conjunto de los servicios de luz y agua; empero, después de la muerte de su suegro, los sucesores vendieron el terreno a los recurridos, quienes arbitrariamente le cortaron los servicios de luz y agua y posteriormente procedieron a obstruir el corredor que le servía de paso, no pudiendo ejercer su actividad económica, puesto que su taller artesanal se encontraba en su bien inmueble, con lo que se le privó el derecho de generar los ingresos económicos con los que sustenta a su familia. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de improcedencia de la acción de amparo constitucional.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- I.4. Petitorio
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),
- II.2. Excepción al principio de subsidiariedad por medidas de hecho
- hechos ilegales denunciados en el recurso podrían producir un daño irreparable o irremediable
- I.
- II.4. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad
- 1) el elemento fáctico