AUTO CONSTITUCIONAL 0262/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0262/2010-RCA

Fecha: 16-Sep-2010

improcedencia in límine

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, mediante Resolución 312/2008 de 16 de octubre, cursante de fs. 19 a 20 vta., declaró la improcedencia in límine del recurso de amparo constitucional por subsidiaridad, argumentando que si el recurrente consideró vulnerados sus derechos y garantías constitucionales, previamente debió realizar los reclamos ante las autoridades administrativas correspondientes, a quienes no se les dio la oportunidad de pronunciarse sobre la ilegalidad ahora denunciada.

Con la Resolución 312/2008, se notificó al recurrente el 17 de octubre de 2008 (fs. 21), presentando memorial de impugnación el 20 de octubre del mismo año (fs. 22 a 23 vta.); es decir, dentro del término establecido por el AC 0107/2006-R de 7 de abril, manifestando que ante el daño irreparable que se le ha causado, el principio de subsidiariedad debe ceder al principio de inmediatez, solicitando como medida cautelar, la suspensión de su destitución.