Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0602/2010-CA
Fecha: 07-Sep-2010
APRUEBA,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APRUEBA, la Resolución de 9 de enero de 2009, cursante de fs. 15 a 16, pronunciada por el Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz; en consecuencia, se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, interpuesto por Rolando Elías Urquizo Acapa.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. De los requisitos de procedencia
- II.3. Análisis del caso de autos
- procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos…”
- APRUEBA,