Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0602/2010-CA
Fecha: 07-Sep-2010
consulta
En consulta la Resolución de 9 de enero de 2009, cursante de fs. 15 a 16, pronunciada por el Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, por la que se rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Rolando Elías Urquizo Acapa, demandando la inconstitucionalidad del párrafo cuarto del art. 342 del Código de Procedimiento Penal (CPP) que señala: “El auto de apertura del juicio no será recurrible”, por la vulneración del art. 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. De los requisitos de procedencia
- II.3. Análisis del caso de autos
- procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos…”
- APRUEBA,