Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2010
Fecha: 20-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente demanda la inconstitucionalidad del DS 28322 de 1 de septiembre de 2005 y del art. 2 del DS 28888 de 18 de octubre de 2006 por la supuesta vulneración de los arts. 7 primer parágrafo incs. a), j), y k) y 228 de la CPEabrg., en consecuencia, corresponde a este Tribunal establecer si las infracciones denunciadas son evidentes.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citaciones
- 1.
- 2.
- 4.
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- “Artículo 1.-
- Artículo 2.-
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto al objeto del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- procederá contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial, contraria a la Constitución Política del Estado como acción no vinculada a un caso concreto
- a)
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE