SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2010
Fecha: 20-Sep-2010
I.4. Trámite procesal en el Tribunal
El art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, establece que las competencias y funciones de este Tribunal se circunscriben únicamente a la “…revisión y liquidación de los recursos constitucionales presentados hasta el 6 de febrero de 2009” y puesto que la carga procesal es considerable, a objeto de resolver toda las causas dentro de los marcos establecidos por la ley y con el análisis y fundamentación que corresponde, el Pleno de este Tribunal a través del Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, ha dispuesto la resolución de causas mediante sorteo con el cómputo del plazo desde dicho acto procesal. En consecuencia, habiéndose procedido al sorteo del expediente el 10 de agosto de 2010, la presente Resolución es dictada dentro de plazo.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1. Contenido del recurso
- Felipe Flores Chipana
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- 7.
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal
- “Artículo 1.-
- Artículo 2.-
- Artículo 3.-
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto al objeto del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- procederá contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial, contraria a la Constitución Política del Estado como acción no vinculada a un caso concreto
- a)
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE