Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2010
Fecha: 20-Sep-2010
IMPROCEDENTE
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y del Ministerio Público; 54 y ss. de la LTC declara IMPROCEDENTE el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, interpuesto por Felipe Flores Chipana.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1. Contenido del recurso
- Felipe Flores Chipana
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- 7.
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal
- “Artículo 1.-
- Artículo 2.-
- Artículo 3.-
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto al objeto del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- procederá contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial, contraria a la Constitución Política del Estado como acción no vinculada a un caso concreto
- a)
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE