Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2010
Fecha: 20-Sep-2010
II.1.
II.1. Mediante DS 25235 de 30 de noviembre de 1998, Programa Nacional de Medicamentos Esenciales de Bolivia, en su art. 16, se puntualizó: “Por concepto de servicio para registro sanitario y control de calidad, el interesado adjuntará cheques visados a la orden del Ministerio de Salud y Previsión Social y del Laboratorio de Control de Calidad de Medicamentos, de acuerdo a arancel aprobado por el Ministerio de Salud y Previsión Social” (fs.50).
- r
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance del control constitucional en sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Naturaleza jurídica y alcances del recurso contra tributos y otras cargas públicas
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE