Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1173/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado recurrente, ratificó los fundamentos de su recurso y los amplió señalando que se sorprendió con la actuación de la autoridad recurrida, ya que pese a su renuncia presentada y aceptada conforme a ley, fue notificado con una Resolución en la que se le impuso una multa pecuniaria por un supuesto abandono malicioso del proceso, impidiéndole la presentación de algún memorial, aspectos que atentan contra su derecho al trabajo, porque radica en el mismo Tribunal, otro caso en el cual es patrocinante y en el que tampoco se le permitió la presentación de memorial alguno, provocándole un estado de indefensión.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Sobre los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la observancia de los requisitos de contenido
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR