Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1311/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.3.
II.3. El 17 de agosto de 2007, la Jefatura de Regulación de Edificación, dependiente de la Oficialía Mayor de Planificación del Gobierno Municipal de Santa Cruz, elaboró el Informe Técnico U.V. - 64 M-11, por el que se responde al Fiscal de Materia, respecto del terreno perteneciente a Ángel Héctor Quiroga Quiroz, en el que señala que el área de uso de suelo solamente acredita el uso para el que ha sido destinado el terreno y no así las dimensiones ni el derecho de propiedad, por lo tanto no es procedente dicha solicitud (fs. 101).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- denegar
- III.3. La subsidiaridad en la acción de amparo constitucional
- APROBAR