SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1341/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
deniega
La Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, emitió la Resolución 049/2007 de 17 de octubre, cursante de fs. 87 a 88 vta., donde deniega la tutela, con el siguiente fundamento: i) No se ha señalado expresamente en los recursos las violaciones al trámite administrativo para que se considere esta situación, el hecho de anular el catastro no puede significar una limitación al ejercicio del derecho a la propiedad; ii) La pretensión de la Alcaldía de expropiar parte de su terreno, hecho que no corresponde ser resuelto en un amparo constitucional; y, iii) No puede emitirse una orden de restitución del código catastral, lo que correspondía era atacar el supuesto acto vulneratorio emitido por la Alcaldía Municipal que atente los derechos del recurrente y esta técnica procesal constitucional no ha sido desarrollada, no habiéndose violado los derechos señalados.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- (SC 0119/2010-R de 10 de mayo).
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- En cuanto al derecho al debido proceso.
- III.3. Análisis del caso de autos
- ejerció su derecho a la defensa, habiendo interpuesto en principio el recurso de revocatoria en contra de la Resolución que dispone la anulación del registro catastral 046-0245-0001, y como último medio de defensa interpuso recurso jerárquico;
- se procederá a una Certificación Catastral
- APROBAR