SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1341/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
En cuanto al derecho a la propiedad privada
Tiene su consagración en el art. 56.I de la CPE, que establece que toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que ésta cumpla una función social. La propiedad privada está garantizada, siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo (art. 56.II de la CPE); mientras que la expropiación se impone por causa de necesidad o utilidad pública, calificada conforme a ley y previa indemnización justa (art. 57 de la CPE).
En cuanto a la propiedad privada, ha sido desarrollada por este Tribunal Constitucional en la SC 0710/2010-R de 26 de julio, como: “…reconocido por el art. 56.I de la CPE, y que conforme a la doctrina y jurisprudencia: '…consiste en la potestad que tiene toda persona para poseer, usar y gozar de un bien, sea de carácter material, intelectual, cultural o científico' (SC 1748/2003-R de 1 de diciembre)”.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- (SC 0119/2010-R de 10 de mayo).
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- En cuanto al derecho al debido proceso.
- III.3. Análisis del caso de autos
- ejerció su derecho a la defensa, habiendo interpuesto en principio el recurso de revocatoria en contra de la Resolución que dispone la anulación del registro catastral 046-0245-0001, y como último medio de defensa interpuso recurso jerárquico;
- se procederá a una Certificación Catastral
- APROBAR