SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1370/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
concedió
Concluida la audiencia, la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituida en Tribunal de garantías, emitió la Resolución de 25 de septiembre de 2007, cursante de fs. 49 a 50 en la que concedió el recurso, disponiendo que en el día se proceda a la devolución del vehículo, sea con las formalidades de ley. Fundamentando dicho fallo en los siguientes tres puntos: a) El recurrente trató de lograr la ampliación del permiso de permanencia, solicitud que no fue atendida, más al contrario se obstaculizó con una serie de informes orientados a la dilación del trámite; b) Si corresponde el secuestro, es únicamente para el resarcimiento de daños y perjuicios emergentes de un juicio, y que en el caso presente se evidencia que el recurrente en todo momento solicitó la ampliación de plazo de permanencia de motorizado, sin que se le ampliara dicho plazo, y peor aún, calificándolo como vehículo de contrabando; y, c) El automóvil ingresó como vehículo turista con derecho al tránsito que posteriormente se solicitó su ampliación de permanencia sin que se le haya otorgado la misma; sin embargo, al no otorgándoseles dicha ampliación, tampoco no corresponde endilgarse como vehículo de contrabando, máxime si ingresó al territorio nacional con permanencia temporal como vehículo para turistas.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2.Informe de la autoridad recurrida
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- legitimación
- III.4. En el caso en examen
- Fragmento 18
- III.5. Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
- REVOCAR