Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1437/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
1)
El tercero interesado, señaló lo siguiente: 1) La ejecutada, cumplió con el pago, resarcimiento de costas, capital e intereses, como lo estable del art. 541 del Código de Procedimiento Civil (CPC), por lo que solicitó sobreseimiento del juicio dentro del término establecido por esa norma; y 2) Al ejercer esa facultad, no se vulneró el derecho a la seguridad jurídica ni al debido proceso de la recurrente, por lo que solicitó se declare la improcedencia del recurso de amparo constitucional con costas y multa.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- 1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el tribunal constitucional
- II.1.
- II.5.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Venta judicial y el sobreseimiento en materia civil
- III.4. La problemática planteada
- APROBAR