Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1437/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
1.2.2. Informe de las autoridades recurridas
El Juez recurrido, presentó informe escrito señalando que al pronunciar el Auto que acepta el sobreseimiento del juicio, no se ha vulnerado ningún derecho constitucional de la recurrente, y que el hecho de haberse confirmado la mencionada Resolución por Auto de Vista, tampoco implica la violación de ninguno de los principios a los que hace referencia la recurrente en su demanda, por lo que solicitó se declare la improcedencia de la demanda en su contra.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- 1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el tribunal constitucional
- II.1.
- II.5.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Venta judicial y el sobreseimiento en materia civil
- III.4. La problemática planteada
- APROBAR