Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1437/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
i)
La recurrente, ahora accionante, señaló que se lesionaron sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, por cuanto: i) El Juez recurrido, ahora demandado, aceptó el sobreseimiento del juicio formulado por el ejecutante y dejó sin efecto la adjudicación del inmueble rematado, sin tomar en cuenta, que se hizo el correspondiente pago del precio; y, ii) Los Vocales demandados, omitieron reparar los derechos conculcados de la recurrente. Corresponde analizar, en revisión, si tales aseveraciones son ciertas, y si corresponde otorgar o negar la la tutela invocada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- 1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el tribunal constitucional
- II.1.
- II.5.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Venta judicial y el sobreseimiento en materia civil
- III.4. La problemática planteada
- APROBAR