Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2011-RCA
Fecha: 25-Ene-2011
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima vulnerados sus derechos al trabajo, a la remuneración justa y a la propiedad, citando al efecto los arts. 46 y 56 de la Constitución Política del Estado (CPE), además indica que se lesionó el principio de seguridad jurídica, citando el art. 116 de la CPEl y el principio de legalidad y el debido proceso sin citar norma alguna.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazo
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- potestad de impugnar dicha Resolución por escrito y de manera fundamentada
- Fragmento 7
- El accionante fue notificado con la Resolución de rechazo de la acción tutelar, el 23 de marzo de 2009 a horas 17:50
- 23 de marzo de 2009 a horas 17:50
- potestad de impugnar dicha Resolución por escrito y de manera fundamentada, -precisando en qué consistió el error del Tribunal de amparo y las circunstancias por las que debió ser admitido
- DEVOLVER