Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 008/2011-RCA
Fecha: 24-Ene-2011
Sobre la causa de pedir de la acción:
Sobre la causa de pedir de la acción: Conforme consta en el punto I.3, del presente Auto Constitucional, la accionante solicita se declare procedente la acción y se disponga la nulidad de la Resolución 515/08 de 22 de diciembre de 2008, pronunciada por la Jueza Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz, por quebrantamiento de principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico y la reparación de daños y perjuicios, con pago de costas y honorarios profesionales.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- “improcedente in límine”
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Proceso ordinario posterior al ejecutivo
- II.3.
- II.3.1. Sobre el argumento del Tribunal de garantías para declarar la improcedencia in límine de la acción
- Sobre la identificación de terceros interesados
- Sobre la causa de pedir de la acción: