AUTO CONSTITUCIONAL 015/2011-RCA
Fecha: 31-Ene-2011
a)
Solicita se conceda la tutela y se disponga: a) Dejar sin efecto la RJ 11/2008 de 8 de octubre, pronunciada por el Superintendente General de Minas por suprimir derechos constitucionales; b) Ordenar al Superintendente General de Minas dictar nueva RJ revocando la RA 197/2008 de 12 de agosto y la 178/2008 de 4 de agosto, emitidas por el Superintendente Regional de Minas de Tupiza, disponiendo la prosecución del trámite de la Concesión Minera “San Antonio” sin la aplicación del plazo previsto en la RM 014/2008 de 22 de febrero, al no ser dicho vencimiento imputable a su mandante, conforme se tiene ordenado en la Sentencia 183/2008 de 2 de agosto, pronunciada por el Juez de garantías de Tupiza, correspondiendo la facción del plazo definitivo al SERGEOTECMIN y demás formalidades hasta su conclusión conforme a normas previstas en el Código de Minería con la Resolución Constitutiva de Adjudicación a favor de su mandante; y, c) La calificación de costas, daños y perjuicios por los hechos denunciados.