Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 024/2011-RCA
Fecha: 30-Ene-2011
Fragmento 1
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Flavio Aruquipa Ledezma en representación de José Vicente Acarapi Flores contra Armando Pinilla Butrón y Dora Villarroel de Lira, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- “improcedencia in límine”
- II.1.
- II.2
- al haber sido devuelta la causa al Juzgado de origen, es ahí donde debió interponerse el incidente de nulidad, para que en esta situación, se remitan antecedentes ante el Tribunal superior, a objeto resolver la cuestión incidental, sea positiva o negativamente
- APROBAR