AUTO CONSTITUCIONAL 027/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 027/2011-RCA

Fecha: 31-Ene-2011

improcedencia

La Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 27 de abril de 2009, cursante a fs. 78, declaró la improcedencia de la acción, fundamentado que contra la Resolución impugnada procedía que el accionante active el recurso de casación, en virtud al mandato legal contenido en el art. 255.2 del Código de Procedimiento Civil (CPC), omisión que determina el incumplimiento e inobservancia del principio de subsidiariedad y da lugar a la improcedencia de la acción.