Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1459/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 24 de 2 de octubre de 2009, cursante de fs. 33 a 34, dictada por la Sala Civil comercial social Familiar, de la Niñez y Adolescencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando; y, en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y la protección directa e inmediata que concede ante medidas de hecho
- en los que el amparo entra a tutelar de manera directa e inmediata, prescindiendo inclusive de su carácter subsidiario, está la tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares,
- III.2. En cuanto a los cortes de energía eléctrica y suministro de agua potable
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR