Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1459/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Mediante Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal mediante Ley 003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales presentadas a partir del 7 de febrero del año 2009; es decir bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación de sorteo de causas.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y la protección directa e inmediata que concede ante medidas de hecho
- en los que el amparo entra a tutelar de manera directa e inmediata, prescindiendo inclusive de su carácter subsidiario, está la tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares,
- III.2. En cuanto a los cortes de energía eléctrica y suministro de agua potable
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR