SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1474/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1474/2011-R

Fecha: 10-Oct-2011

I.1. Contenido de la acción

Por memorial presentado el 21 de agosto de 2009, cursante de fs. 13 a 17 de obrados, la accionante, sostiene que dentro de un proceso de desalojo, formulado en su contra el 1 de junio de 2009, ante la Sala Civil Primera, se promovió una acción de inconstitucionalidad, la cual fue rechazada por las autoridades demandadas, mediante Resolución de 13 de junio, con el argumento de que se debería acudir a la vía legal que corresponda, ya que las acciones de inconstitucionalidad, son atribuciones exclusivas del Tribunal Constitucional, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 202.1 de la CPE, a lo que la accionante, mediante un recurso de reposición con alternativa de apelación solicitó que se aplicara la Ley del Tribunal Constitucional, puesto que esta norma se encontraría vigente para la tramitación de acciones indirecta de inconstitucionalidad, con las normas legales establecidas para el recurso indirecto de inconstitucionalidad; las autoridades demandadas, mediante Resolución de 22 de junio de 2009, establecieron que la accionante estuviera a lo dispuesto en la Resolución de 13 de junio.

La accionante sostiene haber agotado todos los recursos previstos por ley, por lo que ante la renuencia de las autoridades integrantes de la Sala Civil Primera de dar cumplimiento a las normas omitidas, es que interpone la presente acción de cumplimiento, denunciando el incumplimiento de los  arts. 132 y 202.1, 410 de la CPE; y los arts. 61, 62, 63 de la Ley del Tribunal Constitucional, y que producto de la mencionada omisión es que se dictó el “Auto Supremo” 218-2009 de 29 de julio, que vulnera sus derechos fundamentales.