Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1491/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.1.
II.1. Mediante la Resolución 88/2010 de 23 de abril, los Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz, rechazaron la recusación planteada por la parte accionante contra la Jueza Séptima de Instrucción Cautelar del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Proceso que se sigue por el Ministerio Público contra Alcides Mendoza Macabí y otros por la supuesta comisión del delito de alzamiento armado y otros. (fs. 19 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- "improcedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- empero la existencia de esta garantía constitucional, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus, actualmente acción de libertad,'
- III.2 En cuanto a la subsidiaridad excepcional de la acción de libertad
- prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional..
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR