SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1550/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1550/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

III.2. Análisis del caso concreto

         La jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico precedente, es de aplicación a la problemática que ahora se analiza, por cuanto si efectivamente el accionante, se encontraba detenido en celdas del Módulo Policial de la Radial “17 ½”, desde el 26 de julio de 2010, hasta la fecha de la interposición de la presente acción; es decir, por más de cuarenta y cinco días, pese a existir mandamiento de libertad de la misma fecha, con el justificativo de que no existe escolta policial; sin embargo, estas ilegalidades, debieron ser reclamadas ante el mismo Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, para que ordene el inmediato y efectivo cumplimiento del referido mandamiento que la propia autoridad judicial indicada emitió.

         De igual forma, es de aplicación la referida jurisprudencia, en cuanto a la carencia de fundamentación del Fiscal codemandado con la imputación formal, así como por la falta de notificación con la apelación presentada por el padre de la víctima, aspectos que debieron ser reclamados ante el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, a cargo del control de la investigación, y no presentar directamente la acción de libertad, cuando se tienen expeditas vías idóneas y efectivas para restablecer los derechos impugnados.

         En cuanto a la presunta vulneración del derecho al trabajo, mencionado por el accionante, es preciso señalar que este derecho no puede ser tutelado mediante la acción de libertad; toda vez que, esta acción tutelar, protege el derecho a la vida y la libertad de locomoción y no así otros derechos que están tutelados por vía de la acción de amparo constitucional.