Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1615/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.6.
II.6. El Presidente del Directorio del SSU, a través de las notas de 14 de agosto y 7 de septiembre de 2009, dirigidas al accionante, le comunicó en la primera que, el Directorio procedió a un nuevo análisis de su solicitud de reincorporación, pero “Como efecto de los diferentes criterios jurídicos y administrativos planteados en la reunión el Directorio decidió declarar un cuarto intermedio en el tratamiento del tema hasta la próxima semana” (sic); y en la segunda, le informó que en la última reunión del Directorio del SSU, realizada el 4 del citado mes y año, se decidió efectuar una consulta jurídica con profesionales expertos en la materia (fs. 114 a 115).