SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1615/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1615/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

III.2. Análisis del caso concreto

Se evidencia en obrados que Juan Carlos Pereira Sanzetenea, prestó servicios profesionales en el SSU, desde el 9 de mayo de 1991, desempeñando el cargo de médico neurólogo; sin embargo, mediante RM 0664, emitida por el Ministerio de Salud y Previsión Social, fue declarado en comisión, sin goce de haberes, al haber sido designado Secretario Nacional de Postgrado del Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana. A través de la nota de 4 de marzo de 2009, comunicó al Presidente del Directorio del SSU, la cesación de su declaratoria en comisión, solicitando su reincorporación inmediata a su cargo; el indicado Presidente respondiéndole, expresó que su solicitud de reincorporación, debía ser a través del Ministerio de Salud y Deportes, que fue la institución que lo declaró en comisión; posteriormente, cumpliendo lo solicitado, el accionante se dirigió nuevamente al Presidente del referido Directorio, solicitando su reincorporación, adjuntando la Resolución Ministerial solicitada, reiterando su petición mediante carta de 25 de junio del mismo año; por lo que mediante oficio de 29 de julio de ese año, el mencionado Presidente, instruyó al Gerente General del SSU, la reincorporación del accionante a su cargo a partir del 3 de agosto de 2009, en respuesta el mencionado Gerente, solicitó homologar administrativamente la Resolución Ministerial que dispuso la reincorporación del accionante, éste por su parte a través de la nota de 11 del mismo mes y año, pidió al Presidente del Directorio, hacer cumplir la Resolución Ministerial que dispuso su reincorporación y su propia Resolución; reiterando su pedido, con similar fundamento, mediante carta de 17 de ese mes y año.