Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1649/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.2.
II.2. Mediante cite PREV COB REC-02/01/08, de 2 de enero de 2008, se notificó al LAB con el capital necesario del recargo del afiliado Ronald Erick José Buchón Conzelman por un valor equivalente a UFV's 440516,71.- calculado al 31 de diciembre de 2007, equivalente a Bs567.539,70.- (quinientos sesenta y siete mil quinientos treinta y nueve 70/100 bolivianos) para que pague en el plazo de cinco días (fs.87) y por Nota de Débito 6210-24 de 12 de enero de 2008, se estableció el monto de recargo por pérdida de cobertura pensión por invalidez del afiliado equivalente a UFV's 440.516,71.- (fs. 88).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Normas aplicables a las prestaciones de invalidez por riesgo común en el seguro social a largo y corto plazo y requisitos para acogerse a la prestación de invalidez por riesgo común
- III.2.1. Derecho a la vida
- III.2.2. Derecho a la salud
- III.2.3. En cuanto al derecho a la seguridad social
- III.2.3. Sobre el derecho a la dignidad
- III.3. De la excepción al principio de subsidiariedad que rige al amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR