SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1728/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1728/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 27 de octubre de 2010, cursante a fs. 5 y vta., el accionante manifiesta que, por orden del Juez de Ejecución Penal, el 20 del mismo mes y año, se expidió un mandamiento de libertad en su favor, al habérsele otorgado el beneficio de libertad condicional y cumplidas las formalidades previstas por ley. Sin embargo, no logró obtener su libertad, pese a que personal dependiente del recinto penitenciario “El Abra” donde cumplió su condena, verificó en el Juzgado la emisión del mandamiento; además, el 22 de octubre de 2010, el Gobernador de dicho Centro Penitenciario fue notificado con su libertad condicional, transcurriendo más de cinco días, rehusándose este funcionario a otorgarle su libertad, ya que no se encontraba detenido por otra causa, vulnerando así el art. 23.I de la Constitución Política del Estado (CPE) y el art. 39 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), que determina que cumplida la condena, concedida la libertad condicional o cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno, bajo conminatoria de enjuiciamiento penal, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias.