Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1787/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
Fragmento 14
No obstante de lo expresado precedentemente, la sanción impuesta al Conjunto Tradicional Tobas de la Zona Central, al contar con carácter indefinido en el tiempo, hace que sus efectos persistan en el mismo, hecho que da lugar a la no aplicación del principio de inmediatez, por cuanto los eventos preparatorios como son el convite y la entrada del Carnaval 2010 propiamente dicho, en los que anunció su participación la entidad accionante, se encontraban alcanzados por la ya referida sanción, que a su vez originó la lesión de derechos de orden constitucional como posteriormente detallaremos.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El debido proceso y el derecho a la defensa en el ámbito constitucional
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR