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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1792/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1792/2011-R

    Fecha: 07-Nov-2011

    II.3.

    II.3.   Mediante Auto de 6 de septiembre de 2010, la Jueza Tercero de Instrucción de Familia del Distrito Judicial de La Paz, denegó la solicitud de reposición efectuada por el accionante (fs. 63), dando lugar a la apelación en el efecto devolutivo interpuesta a través de Auto de 8 de octubre del mismo año.

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de libertad y su naturaleza jurídica
    • III.2.  Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones simultáneas
    • III.3.   Análisis del caso concreto
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
    • APROBAR

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