SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1800/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
III.5. Análisis del caso concreto
En el presente caso, se evidencia la vulneración a la congruencia que debe existir entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto, dentro de los límites que fija el art. 236 del CPC., es decir la debida pertinencia entre la resolución apelada, el recurso de apelación y lo resuelto por el superior en grado, lo que no se cumple en el caso analizado, por ello se quebrantan derechos y garantías constitucionales como al debido proceso y a la seguridad jurídica, puesto que la jurisprudencia constitucional ha establecido claramente que cuando un acto procesal vulnera derechos y garantías constitucionales es nulo, justamente al no responder a los puntos de apelación pues el justiciable tiene derecho a que se lleve adelante un proceso legal, y cuando se produce una apelación la autoridad que conoce y resuelve la misma, debe en su resolución, responder a los puntos alegados como agraviados por el apelante, sin apartarse de los límites fijados por el art. 236 del CPC., aplicable a materia laboral por imperio del art 252 del Código Procesal del Trabajo.
Por los antecedentes del proceso se establece que la apelación no se pronuncia sobre los puntos impugnados referidos en las Conclusiones de la presente Sentencia por lo cual debe declararse la nulidad del Auto de Vista de 22 de abril de 2009 dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por vulnerar normas procesales de orden público y de cumplimiento obligatorio entre ellas el art 236 del CPC., y quebrantar los derechos constitucionales al debido proceso y la seguridad jurídica por falta de pertinencia y congruencia, al no pronunciarse el Tribunal de Alzada, sobre todos los puntos de la apelación formulada contra la Resolución de 4 de Octubre de 2008.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho fundamental a una resolución judicial motivada como elemento constitutivo del debido proceso y su vinculación con el principio de seguridad jurídica en su vertiente procesal
- III.2. Debido proceso y congruencia
- III.3. Pertinencia del auto de vista o resolución de segunda instancia
- III.4. Requisitos de admisibilidad del amparo constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º