SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1856/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1856/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

La accionante alega que, el Juez Primero de la Niñez y Adolescencia del Distrito Judicial de La Paz, al ser recusado, remitió antecedentes ante la autoridad ahora demandada quien conoció del proceso penal; sin embargo, esta autoridad, en desconocimiento del procedimiento penal y la jurisprudencia, dispuso la devolución de obrados, señalando que no puede realizar la consideración de medidas cautelares, mientras la recusación del Juez de origen, no sea resuelta por los Vocales de la Corte Superior. Corresponde analizar, en revisión, si en el presente caso, se debe conceder o denegar la tutela solicitada.