Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1880/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante en el memorial de la demanda de acción de libertad interpuesta se limitó a señalar que dado el carácter ex tunc de la acción de libertad, los hechos y demás antecedentes que motivan esta demanda constitucional, serián expuestos en la audiencia pública, la misma que no se llevó a efecto por haberse rechazado la presente acción in limine. En revisión, corresponde analizar si el caso planteado, se encuentra dentro de los alcances de la acción de libertad.