SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1912/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1912/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

como consecuencia del procesamiento ilegal o indebido, se priva materialmente la libertad, pues en caso de no ser así, las deficiencias procesales que desconocen la garantía del debido proceso deben ser corregidas mediante los procedimientos ordinarios establecidos por Ley”

En efecto, la jurisprudencia de este Tribunal, a partir de la SC 1149/2000-R de 6 de diciembre, para que un procesamiento ilegal sea tutelable a través del otrora recurso de hábeas corpus, señaló lo siguiente:“…el Hábeas Corpus procede con relación a esta causal (se entiende en cuanto al procesamiento ilegal o indebido) cuando, como consecuencia del procesamiento ilegal o indebido, se priva materialmente la libertad, pues en caso de no ser así, las deficiencias procesales que desconocen la garantía del debido proceso deben ser corregidas mediante los procedimientos ordinarios establecidos por Ley” (negrillas agregadas).