SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1927/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Dentro del proceso seguido en su contra por la supuesta comisión del delito de abuso deshonesto contra menores, se le impuso fianza real por el monto de Bs20 000.-(veinte mil bolivianos) y arraigo, como condicionantes para acceder a la medida sustitutiva de detención domiciliaria; sin embargo, luego de más de tres meses y siendo que el Juez de la causa no se manifestaba al respecto, mediante memoriales de 15 y 17 de febrero de 2011, solicitó que dicha autoridad se pronunciara respecto a la garantía real ofrecida sobre un inmueble de su propiedad, recordándole que los decretos de mero trámite, deben ser emitidos en un plazo de veinticuatro horas, sin que hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, la autoridad demandada se hubiera manifestado al respecto.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- dicho criterio no alcanza a la obligación que tiene el accionante de presentar la prueba necesaria que acredite su pretensión
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR