Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1930/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionado su derecho al debido proceso y presunción de inocencia, toda vez que, fue acusado injustamente de la comisión del delito de robo, motivo por el cuál, fue detenido ilegalmente durante más de dos días en la carceleta de la FELCC de la población de Yapacani, por instrucción del Fiscal de la Provincia Ichilo del Departamento de Santa Cruz y del Sargento de la Policía Nacional asignado al caso, sin que sea remitido como correspondía ante el Juez cautelar, ante el cual también efectuó la misma denuncia. En consecuencia, corresponde analizar, si en el presente caso, se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 6
- III.2. Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones simultaneas
- III.3. Análisis del caso
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- APROBAR