SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1930/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1930/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

III.3. Análisis del caso

De la revisión de los antecedentes adjuntos al expediente, se establece que el 9 de febrero de 2011, el accionante presentó memorial con la suma “denuncio ilegalidades” (sic) ante el Juez de Instrucción en Materia Penal de Yapacaní del Distrito Judicial, mediante el cuál hizo conocer su estado de privación de libertad en la carceleta de la misma localidad.

Al momento de la interposición de la presente acción de libertad, se encontraba pendiente de Resolución, el memorial de denuncia interpuesto por el propio accionante, hecho que podría derivar en una probable restitución de los derechos reclamados, en razón a que es el Juez de Instrucción, quién con absoluta competencia desde el primer acto del proceso hasta la conclusión de la etapa preparatoria, puede ejercer el control efectivo y real de la totalidad de los actos investigativos efectuados tanto por el fiscal asignado al caso, como de los funcionarios policiales que intervienen en la causa, de lo que se concluye que es precisamente ante esta autoridad a quien el accionante debió acudir a efecto de denunciar los supuestos actos ilegales que lesionan el derecho a la libertad.

Abundando en el razonamiento ya expuesto, corresponde señalar que, en conformidad con el art. 54 del CPP que establece que la función de ejercer control jurisdiccional durante el desarrollo de la investigación, se halla encargada al Juez de Instrucción en lo Penal, será dicha autoridad quien va a velar por el control jurisdiccional de la investigación, deba cuidar del cumplimiento y respeto de derechos y garantías constitucionales.

La activación simultánea, tanto de la justicia ordinaria como de la constitucional, producen incertidumbre respecto a las pretensiones del accionante, contradiciendo la jurisprudencia constitucional aplicable al caso que impide la tramitación de determinada pretensión legal por vías legales tramitadas de manera paralela.