SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1943/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1943/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

II.1.

II.1.  El 8 de diciembre de 2010, el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, expidió la circular 85/2010, de 8 de diciembre, por la que comunicó que la vacación judicial colectiva de fin de año en ese Distrito Judicial, se cumpliría entre el 27 y 31 de diciembre de ese año, instruyendo que los mandamientos de detención de los juzgados que ingresen en vacación judicial, debían quedar suspendidos cuarenta y ocho horas antes del inicio de la misma, es decir desde horas 8:00 a.m. del día sábado 25 de diciembre hasta el viernes 31 de ese mes y año, inclusive (fs. 1 a 2).