Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1969/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
II.2.
II.2. Al practicar la citación con la demanda tutelar al demandado, consta que la persona que se identificó como esposa de David Borda Paz, rehusó firmar, procediéndose a la misma con un testigo de actuación (fs. 41); el demandado no asistió a la audiencia pública de consideración y resolución de la presente acción y no consta en antecedentes escrito alguno respecto a los argumentos del accionante (fs. 95 a 96 vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección directa e inmediata otorgada en forma excepcional por la acción de amparo constitucional, ante medidas de hecho
- III.3. Requisitos para conceder la tutela del amparo constitucional por medidas de hecho
- III.4. Sobre el derecho a la propiedad privada
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR